Plan de actuación

Plan de Actuación para Fundaciones: Guía Completa para el Protectorado

Si diriges una fundación o formas parte de su patronato, sabes que el plan de actuación no es solo otro documento más que archivar. Es el mapa que marca el camino de tu organización durante todo el año, esa hoja de ruta que define hacia dónde van tus esfuerzos y recursos. Para el protectorado de fundaciones, que vigila de cerca estos temas, este documento se convierte en la ventana a través de la cual observa si tu fundación cumple realmente con su propósito social. Vamos a desentrañar todos los aspectos que necesitas conocer sobre este documento tan crucial.

¿Qué es un plan de actuación de una fundación y por qué es importante?

Definición y finalidad del plan de actuación

Imagina que tienes que explicarle a alguien qué vas a hacer con tu fundación durante los próximos doce meses. Eso es, básicamente, el plan de actuación: un documento donde plasmas qué actividades vas a realizar, qué objetivos persigues y con qué recursos cuentas para hacerlo realidad. No es una simple formalidad burocrática; es la brújula que orienta todos los esfuerzos de tu organización.

¿Sabes qué es lo más interesante? Este documento es obligatorio para todas las fundaciones, tanto las estatales como las autonómicas. Y tiene sentido: cuando manejas una entidad que trabaja por el bien común, la transparencia no es opcional. El plan te permite anticipar tanto las actividades directamente relacionadas con tu misión social como aquellas iniciativas comerciales que puedas desarrollar para obtener fondos adicionales.

Lo verdaderamente útil de este documento es que te obliga a pensar con antelación. ¿Cuántas veces has visto organizaciones que van improvisando sobre la marcha? Con un plan de actuación bien elaborado, asignas recursos de forma inteligente y estableces metas que después podrás medir. Es como tener un GPS antes de emprender un viaje largo: sabes dónde estás, a dónde quieres llegar y qué ruta seguir.

Marco legal que regula el plan de actuación

Aquí es donde las cosas se ponen un poco más técnicas, pero no te preocupes, vamos paso a paso. Si tu fundación opera a nivel nacional, la Ley 50/2002 de Fundaciones es tu referencia principal. Esta ley deja claro que presentar el plan de actuación al protectorado no es opcional: es una obligación anual. El Real Decreto 1611/2007 desarrolla los detalles más específicos, como quién debe presentarlo y cómo hacerlo.

¿Y si tu fundación opera solo en una comunidad autónoma? Cada región tiene su propia normativa, aunque la estructura general suele ser bastante similar. Por ejemplo, una fundación catalana seguirá las normas de la Generalitat, mientras que una madrileña se regirá por la legislación de la Comunidad de Madrid. La clave está en conocer bien tu marco normativo específico.

El protectorado no es el enemigo, aunque a veces pueda parecerlo con tantos requisitos. Su función es asegurar que las fundaciones cumplan con su propósito social y usen correctamente los recursos. Piensa en ellos como los árbitros del partido: están ahí para que todo funcione como debe. Si tu fundación realiza actividades comerciales para financiarse, tendrás que prestar especial atención a las normativas adicionales que regulan estas operaciones.

Diferencias entre el plan de actuación y otros documentos fundacionales

Vamos a aclarar algo que genera bastante confusión: el plan de actuación no es lo mismo que los estatutos ni que las cuentas anuales. Los estatutos son como la constitución de tu fundación, las reglas del juego que permanecen más o menos estables en el tiempo. El plan de actuación, en cambio, es dinámico, se renueva cada año y se centra en el «cómo» más que en el «qué».

¿Y qué pasa con las cuentas anuales? Mientras estas miran hacia atrás (¿qué hicimos el año pasado con el dinero?), el plan de actuación mira hacia adelante (¿qué vamos a hacer el año que viene?). Es la diferencia entre el espejo retrovisor y el parabrisas del coche: ambos son necesarios, pero cumplen funciones distintas.

Un detalle crucial: el plan debe especificar cada actividad que piensas realizar, mientras que la memoria anual documenta lo que realmente hiciste. Esta diferencia permite después comparar intenciones con resultados. ¿Prometiste organizar diez talleres y solo pudiste hacer cinco? El protectorado querrá saber por qué. Si tu fundación vende productos o servicios para financiarse, tendrás que dejar muy claro qué es actividad social y qué es actividad comercial. No puedes mezclar churros con merinas, como dice el refrán.

¿Quién aprueba el plan de actuación en una fundación?

Papel del patronato en la aprobación del plan

El patronato es el capitán del barco cuando hablamos de aprobar el plan de actuación. Esta responsabilidad es exclusiva e intransferible: no puedes delegarla en el director ejecutivo ni en ningún comité. Todos los patronos deben arremangarse y meterse de lleno en este proceso.

¿Cómo funciona en la práctica? Normalmente, el equipo técnico o la dirección prepara un borrador inicial. Pero ojo, esto es solo el punto de partida. Los patronos deben analizar cada propuesta con lupa, debatir las prioridades y asegurarse de que todo encaje con la misión de la fundación. No vale con dar el visto bueno sin más; hay que mojarse.

La ley exige que el patronato se reúna al menos una vez al año específicamente para este tema. Y no es una reunión cualquiera: todo debe quedar registrado en acta, con los votos de cada patrono y los acuerdos alcanzados. Es como una foto fija del momento en que se toman las decisiones más importantes del año. Si eres patrono y no participas activamente en este proceso, no estás cumpliendo con tu deber. Así de claro.

Responsabilidades de los patronos en relación al plan

Ser patrono no es solo un título bonito para poner en la tarjeta de visita. Conlleva responsabilidades serias, especialmente cuando hablamos del plan de actuación. Cada patrono debe asegurarse de que las actividades propuestas tengan sentido, sean viables y, sobre todo, estén alineadas con los fines de la fundación.

¿Qué pasa si apruebas un plan descabellado o que se desvía de los fines fundacionales? La ley es clara: los patronos responden solidariamente por los daños que puedan causar. En cristiano: si metes la pata, pagas las consecuencias junto con tus compañeros de patronato. No es para asustarse, pero sí para tomárselo en serio.

Si tu fundación tiene actividades comerciales, la responsabilidad se multiplica. Debes vigilar que estos negocios no eclipsen la labor social. Una fundación que ayuda a niños desfavorecidos no puede convertirse en una empresa de catering disfrazada, por mucho que los beneficios vayan a buenas causas. El equilibrio es fundamental, y los patronos son los guardianes de ese equilibrio.

Proceso formal de aprobación y certificación

Llegamos a la parte más burocrática, pero no menos importante. La aprobación del plan sigue un protocolo específico que empieza con la convocatoria formal de la reunión del patronato. Nada de WhatsApp de última hora; hay que respetar los plazos que marcan los estatutos.

Durante la reunión, cada actividad propuesta debe analizarse a fondo. ¿Tenemos el personal necesario? ¿Los recursos económicos son suficientes? ¿Las previsiones son realistas o estamos siendo demasiado optimistas? Estos debates pueden ser largos, pero son necesarios. Una vez que todos están de acuerdo (o al menos la mayoría requerida), toca formalizar la decisión.

El secretario del patronato emite un certificado con el visto bueno del presidente. Este documento no es un mero trámite: es la prueba oficial de que el plan ha sido aprobado correctamente. Debe incluir todos los detalles: fecha, asistentes, resultado de la votación… Como si fuera el acta notarial de una compraventa. Este certificado acompañará al plan cuando se presente al protectorado, que verificará que todo esté en orden antes de darle su bendición. Sin este paso, tu plan no tiene validez legal.

¿Qué debe contener el plan de actuación de una fundación?

Información identificativa de cada actividad

Cuando describas las actividades en tu plan, no te andes con generalidades. El protectorado quiere detalles concretos: nombre de la actividad, descripción precisa, a quién va dirigida y dónde se realizará. Por ejemplo, no basta con decir «talleres educativos»; hay que especificar «Taller de alfabetización digital para mayores de 65 años en el centro cívico del barrio de Salamanca, con sesiones semanales de dos horas durante seis meses».

Cada actividad debe estar claramente vinculada a los fines de tu fundación. Si tu misión es promover la educación, explica cómo ese taller de cocina mediterránea contribuye a ese objetivo. Quizás estés enseñando nutrición a jóvenes en riesgo de exclusión social, pero tienes que dejarlo cristalino.

Los indicadores de éxito son tu mejor aliado aquí. No digas solo que vas a «ayudar a muchas personas»; establece que «formarás a 50 desempleados en competencias digitales, esperando que al menos el 30% encuentre trabajo en los siguientes seis meses». Números concretos, objetivos medibles. El protectorado valora la precisión, y tú podrás evaluar mejor tu impacto real.

Recursos humanos y medios de producción necesarios

Aquí toca ponerse práctico. ¿Cuántas personas necesitas para cada actividad? No es lo mismo gestionar un comedor social con tres empleados y veinte voluntarios que organizar conferencias con ponentes externos. Detalla las horas de dedicación, los perfiles necesarios y si el personal será contratado o voluntario.

Los recursos materiales también cuentan. ¿Vas a usar las instalaciones propias de la fundación o alquilarás espacios? ¿Necesitas equipos informáticos, material didáctico, vehículos para el transporte? Una fundación que conozco tuvo que paralizar su programa de reparto de alimentos porque no previó el coste del seguro de la furgoneta. Estos detalles marcan la diferencia entre el éxito y el fracaso.

Si realizas actividades comerciales, separa claramente qué recursos se dedican a cada tipo de actividad. El protectorado querrá ver que no estás desviando recursos de la labor social hacia los negocios. Es como llevar dos contabilidades mentales: una para la misión y otra para la financiación. La transparencia en este punto te evitará muchos dolores de cabeza.

Previsión económica y objetivos para las actividades propias

Los números no mienten, y en el plan de actuación son protagonistas. Para cada actividad, necesitas un presupuesto detallado y realista. No vale tirar de optimismo y esperar que aparezca financiación mágicamente. Si el año pasado un proyecto similar costó 10.000 euros, no presupuestes 5.000 porque sí.

Desglosa los gastos por categorías: salarios, materiales, alquileres, publicidad… Y los ingresos también: subvenciones confirmadas, donaciones esperadas, ingresos por servicios. Una fundación amiga presupuestó todo un programa basándose en una subvención que al final no le concedieron. Resultado: tuvieron que cancelar la mitad de las actividades. Aprende de los errores ajenos.

Los objetivos deben ser ambiciosos pero alcanzables. Si tu fundación atiende a personas sin hogar, quizás no puedas acabar con el problema, pero sí puedes proponerte «proporcionar 15.000 comidas calientes, facilitar duchas a 3.000 personas y conseguir que 50 usuarios accedan a programas de inserción laboral». Objetivos concretos que después podrás evaluar. El protectorado aprecia el realismo tanto como la ambición.

¿Cómo y cuándo presentar el plan de actuación al protectorado de fundaciones?

Plazos legales para el depósito del plan de actuación

Con los plazos no se juega. Las fundaciones estatales deben presentar su plan en los últimos tres meses del ejercicio, es decir, entre octubre y diciembre. Parece mucho tiempo, pero entre que convocas al patronato, preparas el documento, lo apruebas y lo presentas, los días vuelan.

¿Tu fundación es autonómica? Cada comunidad tiene sus propios plazos, aunque suelen ser similares. Algunas dan más margen, otras son más estrictas. Mi consejo: no lo dejes para el último día. He visto fundaciones corriendo como pollos sin cabeza en diciembre porque se olvidaron de este trámite.

Las fundaciones recién creadas tienen una consideración especial: tres meses desde su constitución para presentar su primer plan. Y las que realizan actividades mercantiles siguen los mismos plazos, aunque su documentación será más compleja. Marca estas fechas en rojo en tu calendario. El protectorado no perdona los retrasos, y las consecuencias pueden ir desde un simple tirón de orejas hasta sanciones más serias.

Proceso de presentación a través de la sede electrónica

Bienvenido al siglo XXI: la mayoría de protectorados ya trabajan con sede electrónica. Olvídate de imprimir tochos de papel y hacer cola en el registro. Ahora todo es digital, lo cual tiene sus ventajas (rapidez, ahorro de papel) y sus complicaciones (certificados digitales, formularios online que a veces dan error…).