Calendario laboral 2027 en Madrid: festivos y cómo hacer el de tu empresa

Ya es oficial. En 2027 la ciudad de Madrid tendrá 14 festivos laborales: 12 de la Comunidad de Madrid y 2 locales (San Isidro, el sábado 15 de mayo, y la Almudena, el martes 9 de noviembre). Los de la Comunidad están en el BOCM del 1 de octubre de 2026 y en el BOE del 13 de octubre; los locales los aprobó el Ayuntamiento el 29 de septiembre. Con eso, a tu empresa le falta lo importante: convertir esos festivos en su propio calendario laboral, que es obligatorio y se cuelga en cada centro de trabajo. Abajo tienes la lista completa, los puentes y los pasos. Y un detalle de 2027 que afecta incluso a las oficinas que cierran el sábado.

Índice del artículo
  1. En resumen
  2. ¿Cuáles son los festivos de 2027 en Madrid?
  3. Los puentes de 2027 en Madrid capital
  4. ¿Es obligatorio que la empresa haga su calendario laboral?
  5. Cómo hacer el calendario laboral 2027 de tu empresa en 6 pasos
  6. El detalle de 2027: tres festivos en sábado
  7. Los cuatro errores más comunes con el calendario laboral
  8. Lo que te llevas
  9. Preguntas frecuentes

En resumen

  • 12 festivos en toda la Comunidad de Madrid + 2 locales que fija cada ayuntamiento.
  • En Madrid capital salen 250 días laborables de lunes a viernes en 2027.
  • Tres festivos caen en sábado: 1 de mayo, 15 de mayo (capital) y 25 de diciembre. Si tu plantilla descansa ese día, puede que tengas que compensarlo (Audiencia Nacional, mayo de 2026).
  • La empresa debe hacer cada año su calendario laboral y exponerlo en un lugar visible (artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores).

¿Cuáles son los festivos de 2027 en Madrid?

Son 12 festivos de la Comunidad y 2 locales de la capital. Los de la Comunidad los fija el Decreto 82/2026, de 30 de septiembre (BOCM n.º 234, de 1 de octubre de 2026); los dos locales, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid del 29 de septiembre de 2026 (calendario oficial laboral 2027 del Ayuntamiento de Madrid). Todo, consultado en noviembre de 2026:

FechaDíaFestividadÁmbito
1 de eneroViernesAño NuevoNacional
6 de eneroMiércolesEpifanía del SeñorNacional (Madrid no la sustituye)
19 de marzoViernesSan JoséNacional (Madrid no la sustituye)
25 de marzoJuevesJueves SantoNacional (Madrid no la sustituye)
26 de marzoViernesViernes SantoNacional
1 de mayoSábadoFiesta del TrabajoNacional
15 de mayoSábadoSan Isidro LabradorLocal (Madrid capital)
16 de agostoLunesTraslado de la Asunción de la VirgenNacional (Madrid no la sustituye)
12 de octubreMartesFiesta Nacional de EspañaNacional
1 de noviembreLunesTodos los SantosNacional
9 de noviembreMartesNuestra Señora de La AlmudenaLocal (Madrid capital)
6 de diciembreLunesDía de la Constitución EspañolaNacional
8 de diciembreMiércolesInmaculada ConcepciónNacional
25 de diciembreSábadoNatividad del SeñorNacional

¿Qué significa «Madrid no la sustituye»? Son fiestas nacionales que la Comunidad podía cambiar por otras propias y ha mantenido; en 2027 Madrid no añade ninguna fiesta autonómica distinta. La relación de todas las comunidades está en la Resolución de 8 de octubre de 2026 de la Dirección General de Trabajo (BOE n.º 254).

¿Y el 2 de mayo? Sigue siendo la fiesta de la Comunidad de Madrid, pero en 2027 cae en domingo y no aparece en el calendario de festivos. El 15 de agosto también cae en domingo; por eso el descanso pasa al lunes 16.

¿Tu empresa no está en Madrid capital?

Los 12 festivos de la tabla valen para toda la Comunidad. Los dos locales los decide cada ayuntamiento y se publican en el BOCM. Si tienes centros en Alcobendas, Getafe o Las Rozas, cada uno tendrá sus dos fiestas locales, y cada centro necesita su propio calendario.

Por eso verás webs que dicen 251 días laborables y otras 250. Las dos cuentas son correctas: los 12 festivos de la Comunidad dejan 251 días de lunes a viernes, y cada fiesta local que cae entre semana resta uno. En Madrid capital solo resta la Almudena (San Isidro cae en sábado): 250. En el resto de municipios saldrán entre 249 y 251.

Este es el error que más vemos en empresas con varios centros: un único calendario «de Madrid» para todos.

Los puentes de 2027 en Madrid capital

2027 viene con muchos festivos pegados al fin de semana. Para planificar vacaciones y turnos, conviene tenerlos marcados desde ya:

  • Viernes 1 de enero: fin de semana largo de Año Nuevo.
  • Viernes 19 de marzo (San José) y, una semana después, jueves 25 y viernes 26 (Semana Santa): dos fines de semana largos seguidos.
  • Lunes 16 de agosto: puente en plena temporada de vacaciones.
  • Martes 12 de octubre: el lunes 11 queda en medio.
  • Lunes 1 de noviembre y, ocho días después, martes 9 (Almudena, solo en la capital).
  • Lunes 6 y miércoles 8 de diciembre: el martes 7 se queda aislado.

Los días «aislados» (11 de octubre, 8 de noviembre, 7 de diciembre) no son festivos. Si la empresa quiere darlos, tiene que decidirlo: por convenio, por acuerdo o con días de vacaciones o de libre disposición. Y eso se decide en el calendario, no la semana antes.

Vista de Madrid con Torrespaña y las Cuatro Torres al fondo

¿Es obligatorio que la empresa haga su calendario laboral?

Sí. La empresa tiene que hacer cada año su calendario laboral y colgarlo en un lugar visible de cada centro de trabajo. Lo dice el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores: «anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo» (texto consolidado del BOE, consultado en noviembre de 2026).

No basta con imprimir la lista de festivos. El calendario de empresa recoge cómo se reparte la jornada a lo largo del año: días de trabajo, horarios y descansos de ese centro.

¿Y si no se cuelga? No exponer en lugar visible del centro de trabajo el calendario laboral vigente es una infracción leve (artículo 6.1 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social). Las leves se sancionan con multas de 70 a 750 euros según el grado (artículo 40.1.a). Y si el problema no es el papel sino que se incumplen los límites de jornada, descansos o festivos, la infracción pasa a ser grave (artículo 7.5), con multas desde 751 euros.

La ley no fija una fecha para tenerlo listo. Muchos convenios colectivos sí lo hacen, y algunos piden negociarlo con la representación de la plantilla. Si quieres ver hasta dónde puede decidir la empresa sola, lo explicamos en si la empresa puede imponer el calendario laboral.

Cómo hacer el calendario laboral 2027 de tu empresa en 6 pasos

  1. Lee tu convenio colectivo. Es lo primero, porque suele fijar la jornada anual en horas, días de libre disposición, días de fiesta propios del convenio y, a veces, el plazo para publicar el calendario.
  2. Marca los 14 festivos del municipio de cada centro. Los 12 de la Comunidad y los 2 locales. Un calendario por centro si están en municipios distintos.
  3. Cuenta los días laborables. Para una oficina de lunes a viernes en Madrid capital, 2027 tiene 261 días de lunes a viernes; restando los 11 festivos que caen entre semana, quedan 250 días laborables.
  4. Comprueba las horas. La jornada máxima legal es de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (artículo 34.1 del Estatuto). Tu convenio puede fijar menos. Haz la cuenta y ajusta el horario hasta que cuadre.
  5. Coloca descansos y vacaciones. Al menos 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, descanso semanal de día y medio ininterrumpido (artículos 34.3 y 37.1) y 30 días naturales de vacaciones como mínimo (artículo 38). Las fechas de vacaciones se comunican, al menos, dos meses antes de empezar a disfrutarlas.
  6. Publícalo y guárdalo. Un ejemplar en un lugar visible de cada centro (tablón o sala común; si parte de la plantilla teletrabaja, envíaselo también por el canal interno) y una copia con fecha para poder demostrarlo.

Pero ojo con el paso 4. Es donde salen los descuadres.

Un ejemplo de cuenta de horas

Ejemplo ilustrativo, no es un caso real. Una oficina de Madrid capital con jornada de 8 horas, de lunes a viernes, y 22 días laborables de vacaciones por persona:

  • 250 días laborables − 22 de vacaciones = 228 días de trabajo.
  • 228 días × 8 horas = 1.824 horas de trabajo efectivo en el año.

Ahora compáralo con las horas anuales de tu convenio. Si el convenio fija menos, sobran horas: hay que reducir el horario (por ejemplo, jornada intensiva en verano) o dar días libres. Si no lo haces, esas horas de más son horas extraordinarias, con sus límites. Lo contamos en el máximo de horas extra al año.

El detalle de 2027: tres festivos en sábado

El 1 de mayo, el 25 de diciembre y, en la capital, el 15 de mayo caen en sábado.

Si tu negocio abre los sábados, el efecto es directo. En un comercio, un restaurante o una clínica, esos sábados son festivos retribuidos y no recuperables (artículo 37.2 del Estatuto) y hay que reflejarlos en el calendario y en los turnos.

¿Y si tu oficina cierra los sábados? Hasta hace poco, la respuesta habitual era que no cambiaba nada. Eso ya no está tan claro.

La Audiencia Nacional ya ha obligado a compensar el festivo que cae en el sábado de descanso. En su sentencia 88/2026, de 19 de mayo, sobre el sector de contact center, declaró que los festivos que coinciden con el descanso semanal de quien trabaja de lunes a viernes «se han de considerar no disfrutados y deben ser compensados», con un día de descanso (comentario de la sentencia en la biblioteca jurídica del BOE, consultado en noviembre de 2026). Sigue la línea del Tribunal Supremo, que en su sentencia 997/2024, de 9 de julio, dijo que el descanso semanal no puede solaparse con los 14 festivos del año.

Ojo: no es una regla escrita para todas las empresas. Es la sentencia de un sector, y el resultado depende de tu convenio y de cómo esté fijado el descanso semanal. Pero con tres sábados festivos en 2027 en la capital, merece la pena decidirlo al hacer el calendario y no cuando alguien lo reclame.

¿Y si alguien tiene que trabajar ese festivo? La empresa paga esas horas incrementadas como mínimo en un 75 %, salvo que dé un descanso compensatorio. Así lo prevé el Real Decreto 2001/1983, que sigue vigente en este punto (artículo 47), cuando por razones técnicas u organizativas no se pueda disfrutar el festivo. Muchos convenios lo concretan. Decídelo ahora, al hacer el calendario, y no en la nómina de mayo.

Los cuatro errores más comunes con el calendario laboral

  • Copiar el del año anterior. Los festivos cambian cada año (en 2027, el traslado al 16 de agosto o el 2 de mayo en domingo).
  • Un solo calendario para varios centros en municipios distintos.
  • Olvidar a la plantilla a tiempo parcial y a turnos. El calendario tiene que servir para todos los horarios del centro. Para la parcialidad, mira cuántos días de vacaciones le corresponden a un trabajador a tiempo parcial.
  • No cuadrar el calendario con el registro de jornada. La empresa debe registrar cada día la hora de inicio y fin de cada persona y conservar los registros cuatro años (artículo 34.9). Si el calendario dice una cosa y el registro otra, tendrás que explicar por qué.

Lo que te llevas

  • Madrid capital tiene en 2027 catorce festivos; en el resto de municipios, los 12 de la Comunidad más sus dos locales.
  • El calendario de empresa es obligatorio, se hace cada año y se expone en cada centro.
  • La cuenta clave: días laborables × horas diarias frente a la jornada anual de tu convenio.

Si prefieres que lo preparemos nosotros, con tu convenio, tus centros y tus turnos, es parte de nuestra asesoría laboral en Madrid. Pide presupuesto y te decimos qué necesitamos de ti.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos festivos hay en Madrid en 2027?

Catorce en Madrid capital: los 12 que fija la Comunidad de Madrid en el Decreto 82/2026 y los dos locales, San Isidro (15 de mayo) y la Almudena (9 de noviembre). En otros municipios, los 12 de la Comunidad más sus dos fiestas locales.

¿El 2 de mayo de 2027 es festivo en Madrid?

No a efectos laborales. Sigue siendo la fiesta de la Comunidad de Madrid, pero en 2027 cae en domingo y no figura entre los festivos del decreto.

¿Es festivo San José en Madrid en 2027?

Sí. El viernes 19 de marzo de 2027 es festivo en toda la Comunidad de Madrid (Decreto 82/2026). Con el Jueves y el Viernes Santo de la semana siguiente, marzo deja dos fines de semana largos seguidos.

¿Qué pasa si un festivo cae en sábado y la empresa no abre ese día?

Depende de tu convenio y de cómo esté fijado el descanso semanal. La Audiencia Nacional (sentencia 88/2026, de 19 de mayo, sector de contact center) ha declarado que, si el sábado es el día de descanso semanal, ese festivo se considera no disfrutado y debe compensarse con un día de descanso. En 2027 afecta al 1 de mayo, al 25 de diciembre y, en la capital, al 15 de mayo.

¿Cuántos días laborables tiene 2027 en Madrid?

En Madrid capital, para una jornada de lunes a viernes, 250 días: 261 días de lunes a viernes menos los 11 festivos que caen entre semana. En otros municipios depende de en qué día caigan sus dos fiestas locales.

¿Hasta cuándo tiene la empresa para publicar el calendario laboral?

No hay una fecha legal: el Estatuto de los Trabajadores solo dice que se elabora cada año y se expone en cada centro. Revisa tu convenio colectivo, porque muchos sí establecen un plazo y la forma de negociarlo.

¿Qué pasa si la empresa no cuelga el calendario laboral?

Es una infracción leve del artículo 6.1 de la LISOS, sancionable con multa de 70 a 750 euros según el grado. Si además se incumplen jornada, descansos o festivos, la infracción es grave.